Destituido e inhabilitado en primera instancia por la Procuraduría el ex alcalde de Mapiripán Jorge Iván Duque Lenis

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La sanción al ex alcalde del municipio metense es por dieciséis años. Igualmente ésta cubre a Jeremías Roa González, secretario de Gobierno en la época de los hechos


La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por dieciséis años a Jorge Iván Duque Lenis, alcalde del municipio metense de Mapiripán entre 2012 y 2015 y al entonces secretario de Gobierno, Jhon Jeremías Roa González, por sobrecostos en la compra de una camioneta y diez motocicletas, que ascendieron a $476.427.324.

El ente de control demostró que en el Contrato 077 del 8 de julio de 2015, suscrito para comprar una camioneta 4×4 pick up de platón y 10 motocicletas de 250cc. con el objeto de dotar a la Fuerza Pública de medios de transporte terrestre para patrullajes rurales y fortalecer la seguridad ciudadana; se pagó un mayor valor. Eso tras comparar el valor ofertado en el contrato celebrado con una persona natural, con los precios del mercado certificados por la concesionaria Vehillanos Toyota y Casa Japonesa Yamaha, en donde se evidenció un sobrecosto de $212.592.104.

Para la Procuraduría Provincial de Villavicencio, fallador de primera instancia, el oferente seleccionado «no tenía reconocida trayectoria en la distribución de automotores, pues carecía de vinculación comercial con este tipo de negocios«.

Con este comportamiento los disciplinados incumplieron el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, en cuyo parágrafo del inciso segundo contempla que “(…) en ningún caso, los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual”.

Así mismo, a juicio del Ministerio Público, «transgredieron el principio de responsabilidad de la contratación estatal previsto en el numeral primero del artículo 26, de la Ley 80 de 1983 que establece que ‘los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato‘».

La Procuraduría calificó las faltas de los exfuncionarios como «gravísimas cometidas a título de dolo«, por cuanto «actuaron de manera consciente y deliberada al emitir unos estudios previos materializados en el Contrato 077 de 2015, en los cuales quedaron consignados sobrecostos evidentes que afectaron las finanzas del municipio«.

El Ministerio Público compulsó copias a la Provincial Villavicencio para que investigue la destinación y disposición final y real, que se dio a los elementos adquiridos.

Contra esta decisión la defensa interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Procuraduría Regional del Meta.